martes, 16 de febrero de 2016

Plan de apoyo a la inversión avanzada en pymes AFIPYME 2016 (Diputación Foral de Bizkaia)


Plazo de solicitudes: 
11 abril 2016 - 29 abril 2016

Tiene como objeto apoyar inversiones tecnológicamente avanzadas para la mejora de la competitividad de las empresas de Bizkaia favoreciendo particularmente el tránsito hacia la industria 4.0.

Entidad gestora: Beaz

Entidades Beneficiarias (art.23) 

Empresas con personalidad jurídica propia cuya actividad se encuadre en los sectores de la Industria y Servicios conexos con la industria (según epígrafes del anexo I del Decreto), que cumplan los siguientes requisitos:
  • Tener al menos un centro productivo, o de alto valor añadido en el T. H. de Bizkaia.
  • Tener una plantilla entre 6 y 100 personas, en equivalentes anuales a jornada completa.
  • No superar, al menos, uno de los dos límites siguientes, según último impuesto de sociedades presentado:
  • 20.000.000 € de volumen anual de negocio.
  • 20.000.000 € de balance general.
  • Tener su domicilio social y fiscal en el T.H. de Bizkaia
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la S.S y por reintegro de subvenciones.
  • No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo.

Hecho Subvencionable (art.4)  

Inversiones para la modernización, mejora y ampliación de equipamientos productivos de las empresas industriales. Dichas inversiones tendrán como mínimo un volumen subvencionable de 40.000 €, y pertenecer a las categorías del Plan General de Contabilidad: aplicaciones informáticas, instalaciones técnicas, maquinaria, otras instalaciones y equipos para procesos de información.

Gastos subvencionables (art.5)               

 Gastos subvencionables:
  • Inversiones cuya fecha de devengo sea entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016.
  • Gastos externos de formación y capacitación derivados de la instalación de la nueva maquinaria. Estos gastos no pueden suponer más del 10% del coste de la maquinaria avanzada a la que va asociada
Gastos NO subvencionables:
  • Documentos justificativos de gastos inferiores a 1.000 € (IVA no incluido).
  • El IVA.
  • Gastos realizados a través de empresas o personas vinculadas a la empresa solicitante.
  • Todos aquellos gastos que no puedan identificarse inequívocamente con la actividad de la entidad beneficiaria y/o no se realicen en el plazo establecido en cada convocatoria.
  • Elementos de transporte.
  • Pintado, alicatado y acondicionamiento de locales.
  • Paquetes informáticos de planificación (tipo ERP, CRM, GMAO...).
  • Maquinaria que no tenga el marcado CE en la máquina de manera visible, legible e indeleble.
  • Capacitación que no tenga relación directa con la maquinaria adquirida.
  • Gastos que no estén documentados según el artículo 11.

Cuantía de las ayudas (artículo 6)

  • Puntuación de 61-100 puntos: 15%
  • Puntuación de 35-60 puntos: 6%
  • El importe máximo de ayuda por entidad relativa a este Decreto será de 70.000 €.

Criterios de valoración (artículo 10)

Se valora:
  • Que la inversión contribuya a la modernización de los productos y procesos productivos.
  • Que mediante la inversión se incorpore tecnología avanzada en la empresa.
  • El compromiso de la entidad solicitante con el medio ambiente, RSE e igualdad de género.
Los proyectos que no obtengan al menos 35 puntos, serán desestimados por no alcanzar la puntuación mínima para ser apoyados económicamente.
Normativa y régimen de concesión
Decreto Foral 212/2015 de 22 de diciembre (BOB nº 249 de 29 de diciembre de 2015).
El procedimiento de concesión será el de libre concurrencia (artículo 20).

Plazos (artículo 7 y 8)

Realización de los proyectos: ejecución entre 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016.
Plazo de presentación:  desde el 11 de abril hasta las 13:30 del 29 de abril del 2016, a través de la Oficina Virtual del Departamento de Desarrollo Económico y Territorial (www.bizkaia.eus/sustapena-OficinaVirtual). Para ello, deberá disponer de firma electrónica o estar de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en nuestras oficinas de Obispo Orueta, 6.

Normativa Reguladora y documentos

 Decreto Foral Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia  nº 212/2015 de 22 de diciembre (BOB nº 249 de 29 de diciembre de 2015) (111 KB).
 Resumen (126 KB).
 Documento de domiciliación bancaria para subvenciones. Ficha de acreedor (47 KB).
 Modelo de declaración responsable MINIMIS (43 KB).

Convocatoria de ayudas años anteriores.

Justificación de las ayudas recibidas.


Fuente: BEAZ

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