sábado, 16 de noviembre de 2013

Microsoft finalizará el soporte de Windows XP y Office 2003 el 8 de abril de 2014


Durante la presentación en sociedad del nuevo sistema operativo Windows 8, también hubo tiempo para algunas despedidas. El anuncio oficial de la fecha defunción de Windows XP se llevó la atención de varios asistentes ya que, a pesar de que se encuentra en retroceso en equipos de hogar, muchas empresas tienen montadas grandes redes corporativas sobre estaciones de trabajo XP, lo que hará que muchos administradores comiencen a sudar la gota gorda planificando las migraciones, hacía Windows 7 o Windows 8 Pro, de sus estructuras.

La fecha oficial  anunciada para el fin del soporte de Windows XP y Office 2033 será el 8 de abril de 2014. A partir de ese momento se da por terminado el ciclo de dos de los productos más importantes en la historia de Microsoft: Windows XP y Office 2003.

Kevin Turner, director de operaciones de Microsoft aclaró que era importante para ellos poner una fecha de defunción a los productos para darles a los administradores el tiempo necesario para una migración exitosa hacia Windows 7.

A pesar de que la mitad de los equipos alrededor del mundo con Windows ya han migrado a otras versiones (Vista y 7), en el ámbito corporativo con plataformas Microsoft, continúa siendo el mejor soporte para estaciones de trabajo debido a su versatilidad para configurar políticas de seguridad y adaptarlo a cientos de reglas de trabajo, experiencia que hasta el momento no ha sido muy satisfactoria en Windows 7. Por otra parte, el requerimiento de hardware y los largos tiempos que se necesitan en las empresas para analizar compra de hardware, licitar productos, comprar e implementar reduciría ese plazo de tres años a un fin de semana salvaje y agotador.

En muchos casos el mayor dilema será decidir si merece la pena sustituir los equipos con Windows XP por uno nuevo o por el contrario mantener el equipo y actualizar el Windows con el nuevo Windows 8 Pro o con el más que probado Windows 7.

Quizá también sea el momento propicio para decidirse por otros sistemas operativos con Linux como Red Hat, Ubuntu, etc.

Además, en ambos casos habría que estudiar la compatibilidad de las aplicaciones que ya tenemos instaladas en los equipos con el nuevo sistema operativo que vayamos a instalar.

Como podéis comprobar no se trata de una decisión banal, y una mala planificación puede suponer elevar el coste del cambio de una manera innecesaria, incluso afectar de una manera grave a la operativa diaria del negocio.

En el área privada de TIC-EUSKADI tenéis diferentes opciones para solventar este problema, y salir del paso de la manera más sencilla y económica. Además os indicamos los pasos para realizar los cambios necesarios.



Algunas curiosidades y récords de estos productos:

Windows XP fue lanzado al mercado el 25 de octubre de 2001 y es el sistema operativo para plataformas x86 más utilizado en todo el mundo.

Desde su entrada al mercado en octubre de 2001 hasta su salida en junio de 2008 se vendieron 400 millones de licencias.

Las siglas XP provienen de la palabra “eXPperience”

XP fue el primer producto de Microsoft para consumidor final en desarrollarse sobre el núcleo NT, logrando el producto más estable y sólido de la empresa hasta el momento.

La interfaz gráfica de XP se llama “Luna”.

XP fue el primer producto de la familia Windows en utilizar un sistema de activación para reducir la piratería.

Existen cientos de versiones de Windows XP modificadas ilegalmente para optimizar su uso. Conocidas como “desatendidos”, entre las de mayor popularidad se encuentran Windows uE y Colossus (creada por un argentino de nick DryKillLogic)

Office 2003 fue la versión de la suite ofimática con mayor tiempo de vida entre versiones: 3 años, dos meses y 13 días



Fuentes: Microsoft

domingo, 10 de noviembre de 2013

¿Las farmacias ya pueden vender medicamentos por internet?

Ya se ha publicado en el BOE el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica. http://www.boe.es/boe/dias/2013/11/09/pdfs/BOE-A-2013-11728.pdf

Según la memoria económica que acompañaba a esta normativa, se preveía que por ahora sólo el 25% de las farmacias españolas se darían de alta. Pero en cualquier caso se ofrece un nuevo canal de venta con garantías, lo cual resulta beneficioso para todos.

Legalmente, a partir del día siguiente a la publicación en el BOE del Real Decreto, las farmacias ya podrían vender medicamentos a través de internet, pero en la práctica todavía no lo podrán hacer hasta que se definan los aspectos técnicos y de seguridad que deban cumplir las plataformas web de venta online.

A diferencia de lo que algunos piensan, no significa que mañana todos aquellos que tienen página web pueden vender medicamentos online, sino que es el primer paso (que a mí se me antoja insuficiente).Veamos a ver qué dice la norma:

1. Qué medicamentos: No regula la posibilidad de vender todo tipo de medicamentos, sino sólo los de uso humano NO sujetos a prescripción médica. Si no tienes claro cuáles son, la AEMPS (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios) publicará en su página web listados de medicamentos o categorías de medicamentos que quedan excluidos. También esta lista estará en la web de la Administración autonómica. En todo caso, no podrán venderse medicamentos que precisan receta, pero tampoco los de veterinaria.

2. Quién puede vender: Sólo las farmacias oficiales abiertas al público y que hayan cumplido con los requisitos formales del RD. No pueden vender los farmacéuticos que no tienen farmacia oficial y física abierta al público ni tampoco los que abran una web sin cumplir los requisitos de la norma.

3. Dónde se podrá vender, además de la farmacia física: Se regula la  venta a distancia pero sólo a través de sitios web. Esto significa que están excluidas otras formas diferentes de venta a distancia. Además, esos sitios web sólo pueden ser de la oficina de farmacia, por lo que quedan excluidas las páginas de las SL que se hayan podido crear para venta de parafarmacia.

4. A quién se vende: La farmacia sólo puede vender al paciente, al particular. No se puede vender online a una empresa, a un intermediario, a un mayorista… Se quiere busca el contacto directo de la farmacia con el paciente.

5. Qué requisitos formales de la farmacia se contemplan: La farmacia tiene que hacer una notificación de actividad de venta online y para ello deben comunicar a la Administración competente, al menos 15 días antes del inicio de la actividad de venta a distancia, una información enumerada en el RD, que persigue la identificación de la farmacia online con la farmacia física, así como que el procedimiento de venta. No se trata de una autorización sino de una comunicación, lo que es importante para agilizar el procedimiento de venta online.

6. Requisitos de la venta online: Debe realizarse cumpliendo con la obligación de que sea un farmacéutico el que intervenga en la venta (no sólo la farmacia) y, Además, debe darse al comprador un asesoramiento previo personalizado, no vale uno general o dárselo con el envío de los medicamentos. Es previo y personalizado. La venta no puede tener intermediarios. Por tanto la venta es directa Farmacia-paciente. No se pueden hacer regalos con la venta. Quedan prohibidos los premios, obsequios, concursos, bonificaciones o actividades similares como medio de promoción o venta al público de medicamentos mediante sitios web. Sí pueden hacerse los descuentos sobre el precio de venta que se contemplen en la normativa vigente. No se dice nada de venta de OTCs y parafarmacia en el mismo pedido. Se establecen normas específicas si el comprador está en otro Estado Miembro (de la Unión Europea), en cuyo caso se debe cumplir con la norma del país de destino (medicamento, etiquetado, prospecto y clasificación, así como condiciones de dispensación).Se prevé la posibilidad de intercambio de información entre autoridades, incluso europeas.

7. Obligaciones del farmacéutico: El farmacéutico titular del dominio es responsable de la web. Debe valorar la pertinencia o no de la dispensación de medicamentos, especialmente ante solicitudes de cantidades que excedan las empleadas en los tratamientos habituales, peticiones frecuentes o reiteradas, que indiquen la posibilidad de que se realice un mal uso o abuso de los medicamentos objeto de venta. La farmacia debe guardar, durante un plazo de al menos dos años tras la dispensación, un registro de los pedidos suministrados, con referencia a la identificación del medicamento, la cantidad dispensada, la fecha de envío, los datos del comprador, incluyendo la dirección de entrega y el farmacéutico responsable de la dispensación. Dicho registro se mantendrá a los efectos de inspección y control por las autoridades competentes Es responsabilidad de la farmacia el suministro de los medicamentos desde la oficina de farmacia dispensadora hasta el domicilio indicado por el usuario. El transporte y entrega del medicamento debe realizarse de manera que se asegure que no sufre ninguna alteración ni merma de su calidad y, en caso de que el transporte de los medicamentos lo realice un tercero, deberá existir un contrato.

Y, ¿puede la farmacia empezar ya a vender a través de su web? Pues no, porque aunque en la farmacia todo esté preparado se necesita:

1. Un logotipo europeo que tiene que estar en la página web. Todavía falta por definir y crear.

2. Que esté funcionando el sitio web de la AEMPS con las especificaciones prevista en esta norma.

3. Que esté funcionando el sitio web de la Comunidad Autónoma, en la que esté físicamente la farmacia que quiera vender online, con las especificaciones que establece este Real Decreto.
Plazo para que estos sitios web administrativos estén funcionando: un año desde la publicación del acto de ejecución de la Comisión Europea relativo al logotipo común. Por tanto, toca esperar primero a este acto, para que empiece a contar el año.


Por lo demás, la norma está en vigor desde el día siguiente a su publicación, por tanto desde el día 10 de noviembre de 2013.



 
Design by Free WordPress Themes | Bloggerized by Lasantha - Premium Blogger Themes | Blogger Templates
popstrap.com